jueves, 16 de abril de 2015

Sin comentario




El pasado jueves 9 de abril se publicaba en Libertad Digital -LD- una noticia del periodista Pedro de Tena basada en un artículo mío que se publicó en El Demócrata Liberal ese mismo día con el título "La Presidenta paralela y la AACID". Mi artículo trataba sobre las millonarias subvenciones excepcionales que había concedido la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional y Desarrollo de la Junta de Andalucía en 2014 a distintas entidades, al margen de la norma que regula las subvenciones en materia de cooperación internacional. En el artículo razonaba la ilegalidad de estas
ayudas excepcionales, no sólo porque el ordenamiento jurídico no permite que la AACID otorgue subvenciones, sino porque no concurrían los requisitos necesarios para justificar la excepcionalidad y se vulneraban los principios de publicidad, libre concurrencia y objetividad.

La noticia de LD fue objeto de comentarios de algunos lectores, destacando los de una persona que se identificaba con el nombre de Antonio Luis Delgado Gómez, tanto por su insistencia como por pretender desvirtuar los argumentos de mi artículo. Para ello hacía referencias a artículos de la Ley de creación de la citada Agencia, así como de un Decreto aprobado en 2014 que modificaba los Estatutos que regulan la misma.

Como los comentarios de la citada persona se posicionaban en una clara defensa de la actuación de la AACID, y para ello apuntaba normas que podían confundir a los lectores, antes de responder a esta persona quise averiguar de quién se trataba. Como resultado de la investigación obtuve la siguiente información: según el perfil profesional publicado en la Red Linkedin por esa persona, es Licenciado en Ciencia Políticas y Sociología, Ciencia de la Administración; Licenciado en Derecho; Master of Business Administration (MBA) y Dirección Comercial y Márketing. Además, ha trabajado en la Gerencia Provincial de Huelva de la Agencia IDEA de la Junta de Andalucía, desde el año 2003 hasta 2012, realizando las siguientes funciones: “Control de justificaciones de Incentivos. Asesoramiento a las personas titulares de la Delegación Territorial en Huelva de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía. Gestión de expedientes administrativos: solicitudes y justificaciones de Incentivos; Contratos administrativos; Obras por administración; Informes de recursos de alzada; Informes jurídicos varios.”

Por otro lado, pude averiguar su afinidad al PSOE-A: se presentó a las elecciones municipales de 2011 en la candidatura de este partido en el municipio de Huelva (BOP de Huelva de 26/04/2011, página 6722).

Por tanto, estamos hablando de una persona que ha trabajado 9 años en una agencia pública empresarial –IDEA- de la misma naturaleza que la AACID, con formación jurídica, y por tanto se podría suponer que posee un profundo conocimiento del régimen jurídico de las citadas Agencias. Sin embargo, al leer los comentarios de esta persona llegué a la siguiente conclusión: o no es cierto que conozca bien dicho régimen jurídico, o conoce dicho régimen e intencionadamente intenta confundir a los lectores.

Debo señalarles que esta persona, tras publicar mi respuesta, no ha vuelto a hacer ningún comentario más, a pesar de que algunos de los lectores le han pedido que responda al mío. Si hoy les presento a ustedes estos comentarios no es con ánimo de desacreditar a la citada persona, porque se basta ella sola, sino para remarcar que el caso de la AACID, al igual que los casos judicializados (ERE, formación, Invercaria, etc.), no son más que el resultado de un sistema diseñado a sabiendas por el Gobierno andaluz, incluso con numerosos Decretos-Leyes, con la ayuda del rodillo de la mayoría socialista en el Parlamento, a fin de favorecer intereses particulares en detrimento de los intereses generales de los ciudadanos, despreciando el Estado de Derecho.

Juzguen ustedes mismos, a la vista de los comentarios, hasta que punto los entes de la Administración paralela de la Junta de Andalucía pueden conceder subvenciones, avales, préstamos, inspeccionar o controlar actividades de los ciudadanos, etc., es decir, seguir ejerciendo funciones que corresponden exclusivamente a la Administración General y a su personal funcionario, regidos por el Derecho Administrativo del que tanto le gusta huir al PSOE-A.     

A continuación les dejo con algunos de los citados comentarios en orden cronológico. Al final tienen disponible el enlace a la mencionada noticia de Libertad Digital, en la que podrán ver todos los comentarios e incluso añadir otros nuevos, si les place.

COMENTARIOS

Antonio Luis Delgado Gómez
Antes de nada hay que leerse la normativa a la que está sujeta la Agencia, entre la que se encuentra la Ley 2/2006, aprobada por unanimidad del Parlamento, por la que se le faculta para dar subvenciones (artículo 6.b).
También merece la pena leerse el resto de la Ley para comprobar, por ejemplo, que los actos dictados por la Agencia tiene la consideración de actos administrativos, (artículo 12.1), y como sí está sometida al control de la Intervención (artículo 15.2)
Me gusta·Más·el 9 de abril a la(s) 12:40

Pedro De Tena Alfonso
Seguramente es usted quien trabajó desde enero de 2003 a 2012 (9 años) en la Gerencia Provincial de la Agencia IDEA. Luis Escribano, autor de la información en El Demócrata Liberal, me dice que esa Ley que cita es de 2006, y vulnera artículos de leyes posteriores. Además, considera que su análisis es parcial, pues a una actividad de la Administración le afectan muchas leyes, no una sola. Por culpa de estos desconocimientos están imputados tantas personas en IDEA.
Ya no me gusta·7·Más·el 9 de abril a la(s) 13:51

Fran Esan
Que tiene que ver la normativa, con el hecho de que se derroche tal cantidad de dinero, con la situación tan nefasta en que se encuentra Andalucía.
Me gusta·5·Más·el 9 de abril a la(s) 14:00

Rafa González
vaya, Antonio, te han pillado, listillo!
Ya no me gusta·6·Más·el 9 de abril a la(s) 14:12

Antonio Luis Delgado Gómez
Pedro De Tena Alfonso Si quiere ver la normativa más actualizada que rige a la Agencia (no donde yo trabajaba, sino la de la noticia), puede recurrir al Decreto 184/2014 (BOJA 9 de enero de 2015) que aprueba la actualización de sus Estatutos. No recuerdo que haya leyes posteriores -tiene 4 meses y medio de vida- que los invaliden sus actuales Estatutos, que prevén lo mismo sobre facultades de concesión de subvenciones y control financiero por la Intervención, así que si ud. o Luis Escribano las conocen CÍTENLAS.
Me gusta·Más·el Viernes a la(s) 0:46

Antonio Luis Delgado Gómez
Fran Esan Tiene que ver que si el uso del dinero se hace de acuerdo con la normativa pues no puede ser ilegal o irregular.
Me gusta·Más·el Viernes a la(s) 0:47

Antonio Luis Delgado Gómez
Rafa González No, no me han pillado. Yo sólo he puesto una muestra de la normativa y ahora le he respondido con la más actual. Son ellos los que NO demuestran que se incumpla la normativa pues la ocultan. Y en Derecho Administrativo las subvenciones nominativas y excepcionales, fuera de convocatorias, no son ilegales, sino que está contemplada su posibilidad.
Me gusta·Más·el Viernes a la(s) 0:52

Victoria Perez Garcia
Normativa aprobada por el Parlamento.... Andaluz?
Me gusta·1·Más·el Viernes a la(s) 3:52

Rafa González
Tienes el PSOE de Huelva entre tus 'Me gusta' en Facebook? Ahora lo entiendo todo. Tienes una verdadera Pitón en el terrario y la sacas a pasear como Pedro por su casa.
Ya no me gusta·3·Más·el Viernes a la(s) 8:11

Luis Escribano
En repuesta a los comentarios del Sr. Delgado Gómez:

No ha manifestado usted ni un solo argumento en contra de las razones que he expuesto en mi artículo para demostrar la ilegalidad del otorgamiento de subvenciones excepcionales existiendo unas bases reguladoras y una convocatoria para el año 2014, que es lo que ha hecho la AACID en contra de lo establecido en las normas citadas en mi artículo. Además, las instrucciones y la guía de fiscalización de la Intervención General de la Junta de Andalucía para las subvenciones excepcionales me dan la razón en todo. Le recomiendo su lectura, si no tuvo ocasión en el tiempo que estuvo trabajando en la Agencia IDEA.

Si es mentira lo que he manifestado en mi artículo, no entiendo lo que tarda la Junta de Andalucía en llevarme ante un Tribunal o, al menos, en requerirme una rectificación. No lo hará, silenciará la noticia para que no se cree polémica con este asunto, y ocultar la verdad. Usted mismo, que según el perfil profesional que muestra en la red Linkedin es Licenciado en Derecho y máster MBA, puede redactar una denuncia conforme a Derecho y presentarla en la Fiscalía si cree que he imputado algún delito a cargos públicos del PSOE faltando a la verdad, partido que, según parece, es de su agrado.

Como usted debería saber, desde el año 2007 está en vigor la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público (cuyo rango es superior a cualquiera de los Decretos que usted cita), cuyo artículo 9.2 establece que "En todo caso, el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas corresponden exclusivamente a los funcionarios públicos, en los términos que en la ley de desarrollo de cada Administración Pública se establezca".

Otorgar subvenciones es una función directamente relacionada con la actividad de fomento de las Administraciones, una de las archiconocidas potestades públicas. Por ello, sólo LOS FUNCIONARIOS pueden participar en ese ejercicio, y según la misma Ley que usted cita de 2006, de creación de la AACID, el personal de esa Agencia es PERSONAL LABORAL (art. 13), puesto que se rige por el Derecho privado (como ocurre en la Agencia IDEA y en las demás agencias empresariales).Tanto el Tribunal Supremo como el TSJA han dictado muchas sentencias dándome la razón por este motivo, todas indicadas en el recurso contra el Decreto de los Estatutos de la AACID que usted cita. Es más, hay informes del Gabinete Jurídico de la Junta que lo avala.
Y respecto al tema del control de la Intervención, no se salga por la tangente ni intente confundir a los lectores y responda a esta sencilla pregunta: ¿es o no cierto que en la AACID -como en la Agencia IDEA- las subvenciones se otorgan SIN FISCALIZACIÓN PREVIA de FUNCIONARIOS interventores? Simplemente diga sí o no, que es lo que planteo en mi artículo. El control financiero al que usted se refiere se realiza por la Intervención con técnicas de auditoría como el que hace la Cámara de Cuentas: un control posterior de una muestra de expedientes (no de todos los expedientes y en dos fases antes del pago, como ocurre en las Consejerías), pero pasados muchos meses o años después, cuando la ilegalidad ya está cometida y se hace complicada o inútil la recuperación del dinero.

Usted sabe muy bien por qué al PSOE le interesa la huida del Derecho Administrativo: evitar los férreos controles de la Administración General y así poder desviar los fondos, como lleva denunciando la Cámara de Cuentas en sus informes cada año. Por cierto, en su Informe de 2010 sobre la AACID, la Cámara de Cuentas dijo lo siguiente: “Se recomienda no utilizar el convenio para justificar el carácter excepcional de las subvenciones y obviar los principios de publicidad y concurrencia”. ¿Le suena de algo? Si hicieran hoy el Informe, directamente denunciarían la ilegalidad.

No se cual es su verdadera intención, si confundir a los lectores o que realmente no tiene conocimiento alguno de como funciona la Administración General de la Junta de Andalucía, que nada tiene que ver con una agencia pública empresarial como la Agencia IDEA, en la que según el perfil citado, usted ha trabajado 9 años, y para lo cual usted no tuvo que realizar ninguna oposición, sino que, como mucho, le harían una entrevista. Y si no es así, muestre a todos los lectores la convocatoria pública a las que usted se presentó, donde figure todas las pruebas que realizó, el temario que tuvo que estudiar, las pruebas que le realizaron y las calificaciones que obtuvo, y el boletín oficial donde salió publicado su nombramiento en la Agencia IDEA. ¿No lo tiene? ¿Por qué? Según la Constitución, usted sólo puede trabajar en la Junta de Andalucía si cumple los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad.

Yo, al contrario, voy a ser con usted y con los lectores transparente: me presenté a las oposiciones correspondientes a la segunda oferta de empleo público de la Junta de Andalucía, y todo mi proceso de ingreso está publicado en el BOJA: Decreto 15/1991, de 29 de enero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 1991 (BOJA 1/2/1991); Orden de 27 de marzo de 1991, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción: Química (BOJA de 30/3/1991); Orden de 16 de octubre de 1992, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo Superior Facultativo de la Junta de Andalucía, opción Química (BOJA de 29/10/1992).

Quizá el hecho de que usted no haya aprobado ninguna oposición a la Administración General de la Junta de Andalucía explique su desconocimiento sobre el funcionamiento de la misma y de TODA la normativa que regula la concesión de subvenciones. Como Licenciado en Derecho, debería saber que a cualquier actividad de la Administración no le afecta sólo una Ley y un Decreto, como usted parece defender. Si por casualidad está buscando empleo, por favor, no trabaje en la Junta de Andalucía, por el bien de los andaluces.
Ya no me gusta·11·Más·el Viernes a la(s) 17:05

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Enlace: Artículo de Libertad Digital



http://www.eldemocrataliberal.com/search/label/Luis%20Escribano

4 comentarios:

  1. Contundente, y llena de argumentos, demostración de que nos aproximamos a un régimen tipo Alemania Democrática. Aquí, el Régimen de escuchas dispuestos a entrar en el juego en cuanto alguien empieza a argumentar contra él. Maquinaria vigorosa, tenemos en contra.

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    1. Gracias por tu comentario. ¡Y tan vigorosa! La maquinaria de todo un Régimen. Desmontarlo exige un esfuerzo colosal.

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