jueves, 11 de junio de 2015

La Junta corrupta



  • La Junta de Andalucía abusa de los contratos verbales a empresas, prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido.
  • Muchos cargos públicos han sido condenados penalmente por casos similares en España. Sin embargo, la Fiscalía archivó una denuncia en 2013 con casos de la Junta.

Hoy jueves, gracias a Ciudadanos y con permiso de la UCO y de la UDEF, celebramos de nuevo el día de la marmota. En el Parlamento andaluz se reitera la investidura de un candidato del PSOE-A. El recién llegado partido catalán ha venido a perpetuar la corrupción durante unos años más en esta Comunidad, quizá porque no formamos parte del antiguo condado catalán, y poco debe importarle al Sr. Rivera que Andalucía se hunda aún más en la miseria.

Desmontar los argumentos esgrimidos por dicho partido para justificar tan lamentable decisión es bien sencillo, como también lo es demostrar que las medidas acordadas entre ambos partidos para luchar contra la corrupción no servirán de nada para minimizarla en esta Comunidad. Si Ciudadanos y PSOE-A tuvieran realmente interés en acabar con esa lacra en Andalucía, no tienen más que preguntarme. Me tienen en la Junta de Andalucía, localizarme es bien fácil.

Esta afirmación que acabo de hacer no es un brindis al sol. Lo digo con pleno conocimiento de causa y absoluta seriedad, porque llevo estudiando y analizando las causas de la corrupción y las posibles medidas preventivas y disuasorias para su minimización en Andalucía durante años. Lamentablemente no lo harán, porque no les interesa. Los partidos políticos se nutren de esa corrupción, les va la vida en ello, y la prueba es que mi ofrecimiento caerá en saco roto.

Pero hoy les traigo otra muestra más de la brillante labor del PSOE-A en la Junta de Andalucía, y de cómo las instituciones que deben controlar las actuaciones del poder ejecutivo miran hacia otro lado sin ejercer las funciones para las que se crearon. Y esto es lo que va a apoyar Ciudadanos con sus nueve votos en el Parlamento esta tarde, salvo que algunos de sus diputados se rebelen ante tamaña atrocidad y pasen al grupo mixto.

Se trata de conductas presuntamente delictivas:  contratos verbales en situaciones diferentes a las de emergencias (única situación prevista para ello en la Ley de Contratos del Sector Público, TRLCSP). Me estoy refiriendo a contratos “a dedo”, que las distintas Consejerías de la Junta y ahora las Agencias de la administración paralela, realizan con empresas privadas, en beneficio de éstas y en perjuicio de la Administración. 

Dichas empresas privadas son favorecidas –habría que averiguar los motivos- mediante este mecanismo porque no hay licitación pública y, por tanto, al elegirlas a dedo hay trato de favor. Además, para evitar el enriquecimiento ilícito de la Administración (según doctrina pacífica del Tribunal Supremo), hay que abonar a la empresa privada los trabajos realizados, aunque su contratación se haya hecho verbalmente prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido. ¿Qué hace la Administración en estos casos? Para poder abonar las facturas es necesario seguir el procedimiento que establece el TRLCSP, la Ley de Procedimiento Administrativo (RJAP-PAC) y la normativa presupuestaria aplicable.

Según alguna doctrina, la Administración debe declarar la nulidad del contrato verbal (una ficción), liquidar e indemnizar a la empresa. Con carácter general, ante esta regulación, se considera imprescindible que la declaración de nulidad se produzca para poder reconocer la deuda fuera de la vía judicial. En consecuencia, en casos de contratación con vicios de nulidad plena, la Junta inicia la tramitación de un procedimiento de revisión de oficio y solicita el dictamen del Consejo Consultivo para declarar la nulidad de la contratación suscrita ilegalmente con una empresa determinada, cuyo importe no haya sido abonado.

Al contrario que la empresa privada, la Administración se ve perjudicada con este tipo de contrataciones porque, entre otros aspectos, al ser verbal el contrato y no existir documento escrito y formalizado, no existen cláusulas que garanticen la correcta ejecución de los trabajos realizados, ni puede garantizarse que el precio que finalmente se paga es el mismo que resultaría de una licitación pública donde las empresas participantes presentan sus ofertas a la baja.

En estos casos, siempre existe responsabilidad de los altos cargos, de los funcionarios y del personal contratado al servicio de la Administración o de sus Agencias y Empresa Públicas, que, cuando por mala fe o culpa, intervengan en acciones u omisiones que causen un perjuicio económico a la hacienda de la Comunidad, y la infracción o aplicación indebida de los preceptos contenidos en la Ley por parte del personal al servicio de las administraciones públicas, cuando haya al menos negligencia grave, constituye una falta muy grave cuya responsabilidad disciplinaria se ha de exigir de conformidad con la normativa específica en la materia. Y en muchos casos existe infracción penal, y a veces incluso concurren varios delitos (prevaricación, fraude, etc.).

Por realizar contratos verbales prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido, algunos cargos públicos de distintas Administraciones han sido condenados por los Tribunales de Justicia del orden penal o denunciados. Estos son algunos casos:

1) Denuncia por corrupción en Orihuela (Alicante), publicado por El País (04/05/2006): el fiscal anticorrupción de Alicante, Felipe Briones, remitió la causa principal al Juzgado número 4, cuya titular, Lidia María Paloma Montaño, admitió a trámite el primer escrito del fiscal sobre el caso Orihuela, que incluía 30 supuestos hechos delictivos. Entre ellos, contratos verbales, irregularidades en los contratos de obras y servicios, según la denuncia del ex interventor de la corporación, quien sostiene que el Ayuntamiento (del PP), entre 2000 y 2005, adjudicó contratos verbales por importe superior al millón de euros. El ex interventor mantenía que las adjudicaciones vulneraban la ley de contratos.

2) Sentencia del Tribunal Supremo num. 597/2014 de 30 de julio de 2014 (causa especial 20284/2012; RJ\2014\4173) de la que conoce en instancia la Sala 2ª por cuanto uno de los acusados era un senador.

Se trataba de dar cobertura a una situación irregular en la que se había prescindido del procedimiento establecido y que los acusados conocían. Uno de los acusados era consciente de la arbitrariedad de sus resoluciones levantando los reparos de la Intervención y encomendando las obras "bajo la aparente cobertura de un contrato de mantenimiento y conservación prescindiendo del procedimiento establecido por la legislación de contratos".

3) Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2011 (recurso 272/2011), que resuelve el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Granada que condenó a un concejal por un delito de prevaricación.

Consideró probado que en julio de 2003, el entonces edil de Urbanismo en Ogíjares, José Luis del Ojo (del PP), que ejercía como alcalde en funciones al estar el regidor de vacaciones, encargó verbalmente unas obras a una empresa para lo cual esta presentaría una serie de facturas que no excediesen del importe establecido para los contratos menores, es decir se realizó el clásico “fraccionamiento” del contrato con la finalidad de eludir el procedimiento de contratación aplicable en función de la naturaleza y entidad de las obras, sin presupuesto y sin los informes de Secretaría e Intervención.

4) El Juzgado de Instrucción Número 7 de Vigo tramita la denuncia de la Fiscalía contra el alcalde del PP, Fernando Guitián, por un presunto delito de prevaricación administrativa al considerar que adjudicó el servicio de conservación de zonas verdes sin el obligatorio concurso público previo a esta firma. La Fiscalía cree que el alcalde pudo haber realizado contratos verbales a esta empresa, estrictamente prohibidos por ley, o fraccionado los mismos con el objeto de evitar acudir al correspondiente procedimiento de adjudicación administrativa (Fuente: Faro de Vigo, 13.02.2014).

Estos son sólo algunos ejemplos, aunque hay más casos. De hecho, la Fiscalía de Sevilla ha presentado alguna denuncia en los Juzgados por contratar ilícitamente. Este abuso de los contratos verbales, que nadie investiga, ni se piden responsabilidades a sus causantes, lleva ocurriendo en la Junta de Andalucía durante muchos años.

Dos de los colaboradores de El Demócrata Liberal, Eduardo Maestre y un servidor, tras recibirnos durante hora y media el Fiscal Superior de Andalucía, D. Jesús García Calderón, en el mes de marzo de 2013, presentamos por escrito el 8 de abril de 2013 una denuncia dirigida al mismo, exponiendo varios casos de contratos verbales realizados por distintas Consejerías de la Junta de Andalucía, acreditados con los Dictámenes del Consejo Consultivo de Andalucía, abriéndose Diligencias de Investigación Penal núm. 25/2013, que fueron archivadas.

La “investigación” de la Fiscalía Superior no consistió en pedirle a las Consejerías implicadas o al Consejo Consultivo la documentación que obraba en dichos expedientes para comprobar si realmente se había cometido o no algunos de los delitos denunciados, sino que se limitó a enviar un oficio al Sr. Secretario General del Consejo Consultivo de Andalucía, cuya sede se encuentra en la misma ciudad que la Fiscalía Superior (Granada), adjuntando copia de la denuncia y documentación adjunta, al objeto de que informase sobre los extremos contenidos en dicha denuncia relativos a los dictámenes emitidos por la Comisión Permanente de dicha Institución.

El Secretario del Consejo Consultivo aclara en su informe como cuestión previa que en aras a la colaboración con la Fiscalía en lo que exceda de su función en el Consejo lo hace con carácter personal. Por supuesto, no envía a la Fiscalía el contenido de los expedientes de las Consejerías afectadas, que supuestamente obran en el Consejo Consultivo. Sin hacer las averiguaciones pertinentes en las Consejerías, la Fiscalía Superior acordó el archivo de la denuncia, suscrito por D. Juan Ignacio Fernández-Amigo de la Torre, con el “visto y conforme” -sin firma- de Guillermo Sena Medina, Tte. Fiscal de la Fiscalía Superior de Andalucía.

Valoren ustedes mismos la actuación de la Fiscalía Superior de Andalucía, y en manos de quienes estamos los ciudadanos. Y todavía se pregunta el PP a qué se debe la pérdida de votos en Andalucía y en toda España. Ya tiene un motivo más: no le interesa que funcione la Justicia, ni que en Andalucía se acabe con las conductas presuntamente delictivas.

Después de esta denuncia, he podido comprobar que el Consejo Consultivo de Andalucía sigue emitiendo dictámenes sobre revisiones de oficio de expedientes en los que se ha incurrido en contratos verbales prescindiendo total y absolutamente del procedimiento establecido. Es lógico que siga ocurriendo, pues nadie denuncia nada ni se exigen responsabilidades. En algunos de los dictámenes la cuantía supera el millón de euros, y casi todos presentan votos particulares. Y estos casos se conocen exclusivamente porque se solicita el Dictamen, pero es muy posible que existan más casos que no se envían al Consejo Consultivo.

Entre los últimos dictámenes consultados, además de los denunciados en la Fiscalía Superior en 2013, tenemos los siguientes: Dictamen Núm.: 84/2013, de 6 de febrero; Dictamen Núm.: 227/2013, de 3 de abril; Dictamen Núm.: 470/2013, de 3 de julio; Dictamen Núm.: 770/2013, de 20 de noviembre; Dictamen Núm.: 25/2014, de 22 de enero; Dictamen Núm.: 81/2014, de 10 de febrero; Dictamen Núm.: 144/2014, de 5 de marzo; Dictamen Núm.: 168/2014, de 12 de marzo; Dictamen Núm.: 451/2014, de 24 de junio; Dictamen Núm.: 490/2014, de 9 de julio; Dictamen Núm.: 610/2014, de 24 de septiembre; Dictamen Núm.: 611/2014, de 24 de septiembre; Dictamen Núm.: 129/2015, de 25 de febrero; Dictamen Núm.: 279/2015, de 22 de abril; Dictamen Núm.: 306/2015, de 29 de abril; Dictamen Núm.: 325/2015, de 13 de mayo; Dictamen Núm.: 326/2015, de 13 de mayo.

Como órganos implicados en estos últimos dictámenes están la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo; Consejería de Fomento y Vivienda (contrato verbal de EPSA); Consejería de Salud y Bienestar Social (contrato verbal de la Dirección Gerencia del Hospital de Jerez de la Frontera); Consejería de Educación, Cultura y Deporte (Dirección Gerencia del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos), otro contrato verbal celebrado entre el Instituto Andaluz del Deporte y la Universidad de Cádiz , y otros dos celebrados por las Delegaciones Territoriales de Educación, Cultura y Deporte de Málaga y Sevilla; Consejería de Turismo y Comercio; Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales (Dirección Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia).

Como observarán, la administración paralela de la Junta de Andalucía se suma a las Consejerías en las contrataciones verbales al margen de los procedimientos legalmente establecidos.

¿Se ha exigido a las autoridades y personal funcionario o laboral implicado en estos contratos verbales las responsabilidades oportunas durante el mandato de Susana Díaz? ¿La Inspección General de Servicios de la Junta ha investigado sobre el tema? ¿Y la Cámara de Cuentas? ¿Y los grupos parlamentarios? ¿A qué se dedican? ¿También tenemos que poner las querellas los ciudadanos, pagando las tasas judiciales aprobadas por el PP y pagar abogados y procuradores? No tienen ni vergüenza ni decencia.

Esta es la Junta de Andalucía del PSOE-A, cuya candidata va a ser investida esta tarde con el apoyo de nueve diputados de Ciudadanos en el Parlamento andaluz, partido que se suma a las mucha ilegalidades del Régimen que padecemos los andaluces desde hace 33 años. Y si algún ingenuo cree que el PSOE-A va a cumplir el acuerdo firmado con Ciudadanos, o que la Junta podrá ser controlada desde un Parlamento con una Mesa constituida ilegalmente, es evidente que no tiene la más mínima idea de lo que ocurre en Andalucía.

Por cierto, ¿ha interpuesto el PP, Podemos, Ciudadanos o IU-CA el recurso de inconstitucionalidad contra el acuerdo de composición de la citada Mesa tras la votación realizada? ¿Ni siquiera eso?

¡Apañados vamos los andaluces con esta caterva de indignos!




http://www.eldemocrataliberal.com/search/label/Luis%20Escribano

2 comentarios:

  1. Ya se ha consumado, así que proa contra el viento y sigamos contra esta gente. Heos conseguido algo, no hay mayorías absolutas. Pero algo debemos replantearnos: hay rincones en Andalucía donde no llega la luz. Pueblos, barrios y corazones. No hay que crisparse; se ha perdido una oportunidad, habrá otras.

    ResponderEliminar
  2. Efectivamente, no hay que crisparse. Mejorar nuestra sociedad exige ser pacientes. Hay que asumir que las reformas necesarias no deben realizarse de forma radical (algunas sí), sino con la mesura necesaria, porque el imprescindible cambio que necesitamos abarcará varias generaciones. Es complejo, pero no imposible. Es un reto asumible. Con inteligencia y trabajo todo se puede. Y estoy de acuerdo con su planteamiento: hay que llegar a más rincones. Pero hay un obstáculo difícil de salvar: cómo llegar a esa población, saber explicar que esta forma de vida nos puede hundir en la penuria intelectual, social y política. Saludos!

    ResponderEliminar